¿Quieres conocer las bonificaciones y reducciones fiscales que existen en el impuesto de sucesiones en Valencia? ¿No quieres pagar de más y prefieres evitar cualquier posible problema? Desde Abogados para Herencias te ofrecemos el asesoramiento que necesitas durante todo el proceso, incluyendo el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana.
¿Cómo funciona el impuesto de
Sucesiones y Donaciones en España?
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en España es progresivo, pero no está centralizado, es decir, la gestión corresponde a las Comunidades Autónomas, que tienen competencias prácticamente plenas, tanto para recaudar como para legislar.
Es por eso que varía tanto de una Comunidad Autónoma a otra, teniendo algunas un impuesto mucho más alto que otras. En algunas regiones, ni siquiera existe: las herencias no están gravadas.
Debe tributarse en la Comunidad Autónoma de residencia legal de la persona fallecida.
Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana
Debe presentarse el modelo 650 para el pago del impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana. La cuota tributaria de esta tasa es una de las más altas de España, pudiendo llegar a alcanzar un 34% sobre la base imponible. Sin embargo, existen muchas formas de modificar sustancialmente la base liquidable y, consecuencia, que las obligaciones fiscales contengan una menor carga. Se aplicará reducción en casos de adquisiciones de Patrimonio Cultural de la Comunidad Valenciana, por adquisición de empresa familiar o si la transmisión patrimonial es entre ascendientes y descendientes menores de 21 años. Reducciones, también, para adoptantes con hijos adoptados, dependiendo la cuantía de si tienen más o menos de esa franja de edad (21 años).
Otros casos en los que se dan reducciones son para personas con discapacidad (dependiendo del grado de minusvalía), así como casos en los que se adquiera una empresa individual agrícola o explotaciones agrarias. Recalcar también que, además de reducciones, existen bonificaciones aparte para parientes del causante, bonificaciones por discapacidad igual o superior al 33% y bonificaciones por la adquisición de fincas rústicas.
Es importante recalcar que, además de la cuota progresiva que se establece para los distintos rangos de patrimonio, se aplica un coeficiente multiplicador dependiendo del patrimonio preexistente del sujeto pasivo.
¿Estás buscando asesoramiento?
Debes recordar que el plazo de presentación del Impuesto de Sucesiones en Valencia es de seis meses, a contar desde el día de fallecimiento del causante o cuando se oficialice la declaración de su muerte.
Para evitar intereses de demora y no tener ningún problema asociado con este trámite, Abogados para Herencias puede encargarse de gestionar el proceso para liquidar el pago del Impuesto de Sucesiones y otras tasas relacionadas que puedan existir, como por ejemplo el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.