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Desde Abogados para Herencias podemos atender todo tipo de casos de sucesiones y testamentos en Valencia. El testamento es el elemento principal de la sucesión testada, a través del cual, el causante (persona fallecida) expresa su última voluntad respecto a su patrimonio y la forma en el que lo va a distribuir con sus herederos (o legatarios). Si estás buscando un abogado para hacer un testamento o para otro tipo de propuestas relacionadas, nos ponemos a tu disposición.

¿Qué dice el Código Civil
sobre un testamento?

Como especialista en derecho civil, lo primero es acudir a qué dice el Código Civil respecto a la definición de testamento. De esta forma, establece en su artículo 667 lo siguiente:

El acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos, se llama testamento.

Lo normal es que en el testamento se disponga la forma y porcentaje de distribución del patrimonio (bienes del causante y, en su caso, su forma de distribución), no obstante, puede incluir otras disposiciones como:

  • Revocar un testamento anterior.
  • Reconocer hijos.
  • Modificar el beneficiario de un seguro de vida.
  • Nombrar albacea.

En cualquier caso, deberán respetarse los derechos de los herederos legitimarios (legítimas), salvo que concurra causa de desheredación.

aceptando un testamento

Sobre un testamento

Antes de contratar un abogado para hacer un testamento, debes tener en cuenta los derechos básicos que se tienen, sus características, quienes pueden ser testadores y cuáles son los tipos de testamento que existen.

¿Qué características tiene un testamento?

  • Unilateral y mortis causa.
  • Libre.
  • Solo puede otorgarse por una sola persona, no puede ser mancomunado.
  • Es un acto formal y solemne.
  • Personalísimo.
  • Revocable.

¿Puede otorgar testamento cualquier persona?

No. Solo pueden testar las personas que no tengan limitada o inhabilitada su capacidad de obrar:

  • Los menores de 14 años.
  • El que habitual o accidentalmente no se halle en su cabal juicio.

En su caso, será válido el testamento otorgado antes de la enajenación mental, algo que decidirá el ministerio de Justicia en última instancia.

La incapacidad para testar no se presume y tendrá que ser demostrada por quien lo alegue y referida al momento de otorgar el testamento. Se permite otorgar testamento a los pródigos.

Tipos de testamento: común y especial

a) Común.

  • Abierto: Es el más común, por el que el testador manifiesta su voluntad ante Notario o, excepcionalmente (epidemia o peligro inminente de muerte) ante testigos. No es necesario que se lleve escrito por el testador. A pesar de tener muchas ventajas y ser el más utilizado, es recomendable que se consulte y redacte el testamento por abogados especializados, ya que, en ocasiones, si nada se especifica, se suelen otorgar testamentos tipo que, posteriormente, son una fuente de problemas a la hora de partir y adjudicar la herencia.
  • Cerrado o Secreto: Necesariamente por escrito, se entrega en el correspondiente pliego al Notario, quien, cumplidas las formalidades necesarias, lo meterá en una cubierta y lo sellará (salvo que lo haya hecho ya el testador) y extenderá acta de su otorgamiento.
  • Ológrafo: Es el testamento, secreto, escrito por el propio testador. Su validez dependerá del cumplimiento de los requisitos formales siguientes:
  • Tener capacidad para testar.
  • Quedar clara su voluntad de testar.
  • Escrito de su puño y letra en papel (válido en tela o madera).
  • Fechado y firmado.
  • Se deben salvar las palabras tachadas para no incurrir en posible nulidad del testamento.
  • Debe ser adverado y protocolizado ante Notario dentro de los 5 años posteriores al fallecimiento.

b) Especial.

  • Militar (en campaña o batalla).
  • Marítimo (a bordo o en peligro de naufragio).
  • En país extranjero.

Contacta con un abogado especialista en testamentos

Nuestro despacho de abogados en Valencia especialistas en herencias y testamentos puede hacerse cargo de cualquier caso y tipo de testamento. Podemos ofrecer un servicio integral que incluya la partición de la herencia o servicios para gestiones y trámites muy concretos: declaración de herederos, certificado de últimas voluntades, asesoramiento para el impuesto de sucesiones o conocer las posibilidades para realizar un testamento a beneficio de inventario.

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