¿Se puede desheredar a un en favor de los nietos? ¿Cómo ceder la herencia directamente de un abuelo o abuela a sus nietos? La ley obliga a ceder una parte de la herencia a los hijos, pero un tercio es de libre disposición, pudiendo dejárselo a los propios hijos (más allá de la parte obligatoria), nietos o a quien queramos, incluso donarlo a asociaciones benéficas.
Puede darse el caso de que abuelos que quieran testar su testamento hayan tenido hijos que ya hayan fallecido. Los hijos de la persona fallecida, a su vez nietos del testador, tendrán los derechos sobre la parte de la herencia que correspondía a su padre o madre. Sin embargo, existen casos en los que no se quiere dejar herencia a los hijos de forma voluntaria, pero sí a los nietos. ¿Se puede hacer esto? ¿Qué opciones tenemos?
Desheredar a los hijos en favor de los nietos
Existen situaciones especiales en las que, a la hora de realizar un testamento, existe el derecho de que la parte legítima de la herencia pase a los nietos y no a los hijos. ¿Cómo puede hacerse y qué casos existen?
Pongamos un hipotético caso en el que Juan Pedro, padre de dos hijos, llamados Eduardo y Ana, y abuelo de cuatro nietos, dos por cada hijo. En lo que se refiere a Ana, sí quiere dejarle herencia, lo correspondiente a la parte legítima estricta. Pero en el caso de Eduardo, considera que no se lo merece, ya que se ha sentido maltratado por él e incluso le ha llegado a amenazar violentamente si no cumplía con sus intereses respecto al testamento, reclamando para él un chalet que quiere heredar.
Es posible, en este caso, que sean los hijos de Eduardo quienes hereden. El hecho de obligar a una persona a cambiar su testamento bajo amenazas o violencia y el maltrato, son dos causas habituales, pero existen más causas por las que se puede desheredar a un hijo y están recogidas en el Código Civil. Eso sí, debemos demostrar todas ellas para que se nos reconozca el derecho a ceder esa parte de la herencia legítima a los nietos, quienes están obligados a aceptar la herencia como herederos forzosos a partes iguales.
Además de la libre disposición y la opción de desheredar a los hijos de la parte legítima de la herencia, también se puede recurrir a una tercera vía: la que permite pasar la herencia de abuelos a nietos mediante la tercera parte de mejora, ya que se puede elegir a cualquiera de los descendientes directos, ya sean los descendientes directos (hijos) o los propios nietos.
Dejar la herencia a nietos menores de edad
¿Qué sucede cuando los nietos todavía son menores de edad? Al tratarse de menores de edad, siempre surgen problemas en situaciones en las que los padres de esos niños se sienten perjudicados en sus intereses por los abuelos. Aquí el testador tiene la opción de darle el derecho de representación a otra persona que ejercerá como tutor o tutora legal.
Será esa persona quien decida, en los casos en los que no se trate de herederos forzosos, si al menor de edad le interesa o no aceptar la herencia. Si se da que el menor de edad tenga más de 16 años, podrá hacerlo personalmente mediante escritura pública. Si tiene menos de esa edad, requerirá autorización por parte de un juez que determinará si la renuncia de la herencia va en contra de los intereses del menor o la menor.
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